Elske
Rasmussen de Antula, es sueca y reside temporariamente en Rumania, Sudáfrica y
Brasil. Es especialista en ética matrimonial y además magister en teología
moral.
Francisco, de disimulado a
condenado
1.
Francisco disimulado
Es llamativo
cómo algunos portales católicos tratan al Papa Francisco, sobre todo después de
Amoris Laetitia. Por una parte, se
leen notas de Melina, Pérez Soba y otros, que afirman: “aquí no ha pasado nada,
todo sigue igual, la disciplina se mantiene inalterada”. Pero allí están las
notas al pie del capítulo 8, donde Francisco ya despeja las dudas. Por si acaso,
en el regreso de Lesbos le hicieron una pregunta sumamente precisa, para que no
quedaran sombras de vacilación: “Algunos
sostienen que no ha cambiado nada para que los divorciados que se han
vuelto a casar accedan a los sacramentos; otros sostienen que ha
cambiado mucho y que hay muchas nuevas aperturas. ¿Hay nuevas
posibilidades concretas o no?”. La pregunta procuraba que el Papa explicitara
si se trata sólo de mantener lo ya dicho en Familiaris
Consortio o si, sobre ese tema concreto, se han abierto “posibilidades
nuevas”. Francisco respondió: “Yo puedo decir que sí”. No me detendré
sobre este punto porque ya lo ha explicado muy claramente el escritor José
Antula en su nota: “La verdadera novedad de Amoris Laetitia”.
2. Francisco condenado
Pero junto con el intento de disimular la novedad de Amoris Laetitia, están quienes han
percibido claramente, y con amargura, que el cambio es realmente muy
importante, porque da origen a otro modo de discernir y de actuar en la
pastoral. Estos, entonces, intentan negar que la Exhortación sea parte del
Magisterio, o bien crean la impresión de
que el Papa ha caído dentro de alguna condena, porque afirma cosas que el Magisterio
anterior había rechazado.
Basta considerar dos ejemplos. Uno es un artículo titulado “Inconveniencias eclesiales IV: uso de lenguaje
situacional en Amoris Laetitia, I: puntos 291 a 300”. Allí da a
entender que la Exhortación de Francisco cae bajo la condena de un discurso de
Pio XII. La “moral de situación” que Pio XII rechaza, “no
se basa en manera alguna sobre las leyes morales universales”, de manera que la
decisión de la consciencia “no puede ser imperada por
las ideas, principios y leyes universales”. A esto respondía Pio XII que “a
causa de su universalidad, la ley moral comprende necesaria e intencionalmente todos
los casos particulares”.
Sin
embargo, Francisco no afirma precisamente que la ley moral no abarque todas las
situaciones, ni que sea incapaz de imperar la decisión de la conciencia, sino
que “las normas generales presentan un bien que nunca se debe desatender ni descuidar,
pero en su formulación no pueden
abarcar absolutamente todas las situaciones particulares” (AL 304). Es la
formulación de la norma la que no puede abarcarlo todo, no la norma en sí
misma. Esto vale, por supuesto, para las leyes positivas, como las leyes
canónicas, pero vale aun para nuestro modo de formular la ley natural en sus
diversas expresiones. Al respecto, el Papa recoge en el punto 305 una
afirmación de la Comisión Teológica
Internacional, escrita dentro del pontificado de Benedicto XVI y con la
aprobación de la Congregación para la Doctrina de la Fe: “La ley natural no debería ser presentada como un conjunto
ya constituido de reglas que se imponen a
priori al sujeto moral, sino que es más bien una fuente de inspiración
objetiva para su proceso, eminentemente personal, de toma de decisión” (En busca de una ética universal, 2009,
59). El autor de la nota tendría que decir entonces que Benedicto XVI admitió
que su propia “Comisión Teológica Internacional” cayera en una moral de
situación condenada.
Uno
puede no estar de acuerdo, o puede decir que no termina de entender, pero creo
que hay que tener un poco más de cuidado a la hora de dejar traslucir que el Papa cae bajo la condena de un predecesor.
3.
Francisco subjetivista
Otro
artículo lanza una sospecha semejante y nos permite completar la respuesta. Se
trata de una nota de José A. Sayés titulada: “La misericordia de Dios en la Amoris Laetitia”. Allí dice: “Nos preguntamos por qué la Exhortación parece no indagar la existencia
del bien y el mal objetivos. Pues
bien, si la reflexión que ha realizado el Papa Francisco no se interroga sobre la objetividad de la moral, cabría preguntarse si el cumplimiento de los mandamientos es una
exigencia para la salvación cristiana”. Al hacer este planteo, cita textos de san Juan Pablo II que condenarían
esta falta de Francisco. Otra vez condenado.
Sin embargo, Francisco deja claramente en pie la
existencia del mal objetivo y del pecado objetivo, aunque la culpabilidad de la
persona pueda estar atenuada o eliminada. Lo que pretende la “moral de
situación” rechazada por el Magisterio, es que la situación concreta permita
llamarle blanco a lo que es negro, llamarle bien a lo que es mal, porque son
las circunstancias concretas las que determinan la moralidad objetiva. Pero la
postura de Francisco es la contraria. Es decir: que los condicionamientos
puedan disminuir la culpabilidad no significa que lo que objetivamente está mal
pase a estar bien. Basta leer la siguiente frase del documento: “A causa de los condicionamientos o factores atenuantes, es posible
que, en medio de una situación objetiva
de pecado –que no sea subjetivamente culpable o que no lo sea de modo
pleno– se pueda vivir en gracia de Dios” (AL 305). Sigue siendo una “situación
objetiva de pecado”. Precisamente, algunos teólogos progresistas critican a
Francisco que mantenga la “obsoleta” distinción entre lo objetivo y lo
subjetivo.
Francisco sólo asume, con todas sus consecuencias,
lo que el Catecismo ha asumido hace ya bastante tiempo: “La imputabilidad y la responsabilidad de una acción pueden quedar
disminuidas e incluso suprimidas a causa de la ignorancia, la inadvertencia, la
violencia, el temor, los hábitos, los afectos desordenados y otros factores
psíquicos o sociales” (CCE 1735). El Catecismo menciona también la
inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de angustia
(cf. CCE 2.352). Se mantiene entonces la
calificación objetiva del acto, pero el Papa explica que ese acto puede no
tener una gravedad que quite la vida de la gracia. Esto puede ocurrir, por
ejemplo, cuando una persona está “en condiciones concretas
que no le permiten obrar de manera diferente y tomar otras decisiones sin una
nueva culpa” (AL 301).
En otro texto el
Papa deja a salvo la existencia del bien y el mal objetivos y de la “objetividad
de la moral”. Es cuando dice que la conciencia “puede reconocer no sólo que una situación no responde objetivamente a la propuesta general del Evangelio.
También puede reconocer con sinceridad y honestidad aquello, que por ahora es la respuesta generosa que
se puede ofrecer a Dios” (AL 303).
4. Francisco
condenado a repetir
Pero, más allá de
que demostremos que Francisco no contradice las enseñanzas de los Papas
anteriores, algunos sostienen que él sólo está autorizado a repetir lo que ha
dicho el Magisterio anterior, especialmente desde Pio XII hasta Benedicto XVI.
Parece que “Vicarios de Cristo sólo eran los de antes”. ¿Acaso entre estos y los
Papas de los siglos anteriores no hubo diferencias y novedades? Miremos un poco
la historia.
De “pérfidos
judíos” a “hermanos mayores” hay una diferencia. El Vaticano II ha producido
una profunda evolución en temas como la libertad
religiosa, la separación de Iglesia y Estado, y la posibilidad de salvación fuera
de la Iglesia Católica. En 1832 el Papa Gregorio XVI, había dicho que es un
"juicio absurdo y erróneo, o más bien un delirio, que se deba admitir y
asegurar a cada uno la libertad de conciencia" (Mirari vos 14). El syllabus de Pío IX (1864) incluye la libertad
religiosa entre los peligrosos “errores”. Más claro todavía es el caso de la esclavitud: en 1452 el Papa Nicolás
V concedió al rey de Portugal el derecho a hacer la guerra a los sarracenos y
reducirlos a la esclavitud perpetua, y lo confirmó la Bula Romanus
Pontifex. Hasta el siglo XV la esclavitud no se consideraba pecado. En el
siglo XVI los Papas Pablo III y Gregorio XIV intentaron terminar con la
esclavitud en América Latina, pero en el Estado Pontificio siguió existiendo
varios siglos después.
Suele decirse
que cualquier evolución sólo puede realizarse en la misma línea de lo dicho
anteriormente por la Iglesia. Pero en algunos ejemplos mencionados, no se puede
decir que la evolución se produjo “en la misma línea” de lo dicho antes. Entre admitir la esclavitud y no admitirla
en ningún caso, hay una novedad inmensa. Allí la continuidad sólo existe
con respecto a la doctrina general acerca de la dignidad humana, pero no en el punto preciso que está en
cuestión, donde la Iglesia realmente cambió de opinión. Del mismo modo, entre
afirmar que sólo un católico puede salvarse a sostener que hay posibilidad de
salvación fuera de la Iglesia, la continuidad sólo está dada en algunos
principios generales que impiden caer en el relativismo. Algo semejante ha
ocurrido con la pena de muerte. En otros casos, como el de la libertad de
conciencia, la enseñanza no es contradictoria, pero hay algo más que una nueva forma de expresión de la verdad. Hay realmente una mejor captación de la
propuesta del Evangelio, hay una riqueza nueva y nuevos modos de aplicar lo
enseñado.
Hasta ahora, el
discernimiento sobre una culpabilidad atenuada no permitía sacar consecuencias
en el ámbito externo o disciplinar, y las consecuencias de una norma canónica
permanecían inalteradas. Ahora Francisco enseña que el discernimiento en el
fuero interno puede, en algunos casos, llevar a admitir una aplicación diversa
de la norma. No le neguemos al Papa Francisco, que también es Vicario de Cristo
y también posee la asistencia del Espíritu, la posibilidad de enriquecer a la Iglesia con una mejor comprensión de
su enseñanza moral y de su disciplina. O, al menos, no le arrojemos encima
una condena de Pio XII o de san Juan Pablo II.
Doctora
Elske Rasmussen